El 21 de marzo de 2022 entran en vigor los últimos cambios introducidos en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Ya no es necesario llevar el carnet de conducir si tenemos instalada y activa la app miDGT. Aumenta la retirada de puntos en infracciones muy comunes y con un alto riesgo para la seguridad vial. También se introducen cambios en la normativa que afecta a ciclistas y usuarios de patinetes eléctricos, colectivos especialmente vulnerables.
A continuación se detallan todos los cambios de la Ley de Tráfico que entran en vigor el lunes 21 de marzo.
Seguridad y conducción
- En carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no se podrá superar la velocidad máxima en 20 km/h para adelantar a otros vehículos. Esta medida busca minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir la siniestralidad en carreteras convencionales.
- No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, supondrá la pérdida de 4 puntos.
- Conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil supondrá la retirada de 6 puntos.
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos.
- Adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor deberá hacerse ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril habrá que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros. No respetar la distancia de seguridad al adelantar a ciclistas se penalizará con 6 puntos.
- Los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales.
Respeto a las normas, las señales y a la autoridad
- Es obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).
- Está prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas.
Interferencia en el sistema de vigilancia y control
- Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.
Permiso de conducir y saldo de puntos
- Con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.
- Ya no es necesario llevar físicamente tu permiso de conducir. Con la aplicación móvil miDGT podrás acreditar que tienes autorización para conducir.
- Cuando te presentas a una prueba para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otro trámite administrativo para conducir, no puedes utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente. También se considera infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin. En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses.
Nuevas normas para conductores de ciclomotor
- Si tienes una moto o un ciclomotor, puedes utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación.
- No usar el casco o no hacerlo de forma adecuada te hará perder 4 puntos.
Nuevas normas para conductores de vehículos de movilidad personal (VMP)
- La tasa de alcohol es 0,0 para los conductores menores de edad (aplicable a bicicletas, ciclomotores, VMP o cualquier otro medio de transporte que pueda conducir un menor).
- Los Vehículos de Movilidad Personal como los patinetes eléctricos tienen prohibido circular por autopistas y autovías.
Nuevas normas para ciclistas
- Los vehículos que necesiten adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor tendrán que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo si la vía tiene 2 o más carriles por sentido. Y si la vía solo tiene un carril, mantener la separación mínima de 1,5 metros. Infringir esta norma se sanciona con 6 puntos.
- Está prohibido parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas. Su incumplimiento se considera una infracción grave.