El 16 de marzo de 2021 se hizo público que el Consejo de Ministros ha remitido a Las Cortes el proyecto de reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La reforma ya había sido aprobada en primera vuelta el 10 de noviembre, por lo que es previsible que sea aprobada nuevamente y que entre en vigor en las próximas semanas. Repasamos las principales novedades en 2021 de la conocida como Ley de Tráfico.
Cambios en el carnet por puntos
Una de las principales novedades en relación con el carnet por puntos es que las empresas de transporte tendrán acceso a la situación del permiso de conducir de sus trabajadores, para confirmar si se encuentran legalmente habilitados para conducir. A falta del desarrollo del sistema telemático de consulta y de la normativa reguladora esta es una de las medidas más sorprendentes y está rodeada de incógnitas en cuanto al alcance y las implicaciones que puede tener. ¿Se podrá sancionar a la empresa si el conductor sigue trabajando tras perder la totalidad de los puntos?
Se quitarán 6 puntos por usar el teléfono móvil conduciendo si se sujeta con la mano (hasta ahora eran tres). Es previsible que el importe se eleve desde 200 a 500 euros en ese supuesto.
No usar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el caso u otros elementos de protección supondrá la retirada de 4 puntos (hasta ahora eran 3).
El plazo para recuperar el saldo de 12 puntos será de dos años en todos los casos; hasta ahora era de 3 años si la infracción cometida tenía la calificación de muy grave.
Otras novedades importantes de la Ley de Tráfico en 2021
Superar los cursos de conducción segura teniendo un saldo positivo de puntos se compensará con dos puntos adicionales siempre que no se supere el máximo de 15; el plazo mínimo para volver a realizar el curso será de dos años. La entrada en vigor de esta medida está supeditada a la aprobación de una regulación específica.
Utilizar dispositivos de comunicación (pinganillos u otros) durante cualquier examen para la obtención del permiso de conducir se tipifica como infracción muy grave, por lo que el importe de la multa se eleva a 500€.
Ya no se podrá rebasar el límite de velocidad en 20 km/h para adelantar en vías interurbanas con limitación genérica diferente de 120 km/h.
Más información: dgt.es.