Multa de ITV: ¿conductor o propietario?

La pregunta es frecuente cuando se recibe una multa de ITV: ¿es responsable el conductor o el propietario del vehículo? La sanción por no haber presentado a la inspección técnica periódica, en el plazo debido, el vehículo reseñado es responsabilidad del titular del vehículo, salvo en aquellos casos en los que éste haya comunicado a DGT la existencia de un arrendatario a largo plazo o un conductor habitual; en estos casos la sanción irá dirigida a los responsables del vehículo. Existe otra excepción, menos frecuente, que es cuando una persona comunica a DGT que se hace responsable del vehículo de un fallecido hasta que se firme el acuerdo de herederos.

Aunque el CTDA de León también impone sanciones por circular sin ITV, lo más habitual es que estas sanciones se impongan en controles rutinarios del vehículo, en cuyo caso el conductor recibirá una notificación. Si el titular no conduce el vehículo en ese momento, la sanción se remitirá a su domicilio (o a la DEV si está dado de alta). En aquellos casos en los que un vehículo estacionado en la vía pública es sancionado por carecer de ITV se suele dejar una copia en el parabrisas, pero siempre habrá una notificación posterior por correo.

La base de datos de DGT dista mucho de ser perfecta, por lo que en ocasiones se multa por no tener ITV a vehículos que la tienen al día. En esos casos es necesario comprobar la documentación del vehículo y adjuntar una copia en el escrito de alegaciones.

Es muy importante revisar la documentación, especialmente cuando se compran vehículos de kilómetro cero, ya que en muchos casos están obligados a pasar la primera ITV a los dos años de su matriculación y no a los cuatro.

2 comentarios en “Multa de ITV: ¿conductor o propietario?”

  1. Hasta donde yo se, la obligación de que el vehículo cumpla los requisitos técnicos (ITV) es responsabilidad del titular del vehículo, el declarado como conductor habitual sera responsable de las infracciones, cuando no se pueda identificar al infractor, salvo que este declare la identidad del que conducía, esto es lo que establece la LSV en vigor.
    Si estoy equivocado me gustaría me lo aclarasen.
    Gracias

  2. Juan Pastor Franch

    Fui a pasar la itv me an dado fecha para medianos de agosto ni
    Ami me toca a mediados de junio
    Según me entero si círculo con mi coche te multan con 500€
    La itv antes tenía una cola con cita y otra libre An Recortado el horario asta 15 horas
    Hay conductores que deberían pasarla en septiembre o octubre, y la está pasando ahora
    Espero que alguien me lo esplique

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