Multa de velocidad por correo ordinario

¿Por qué me mandan una multa de velocidad por correo ordinario? Esta es la pregunta que muchos españoles se hacen al regresar de sus vacaciones, y es que DGT sigue remitiendo algunas comunicaciones por correo ordinario, lo que confunde al ciudadano y provoca el lógico estupor, sobre todo si la carta se recoge después de unas semanas de ausencia del domicilio habitual.

Lo primero que hay que tener claro ante esta situación es que una comunicación recibida por correo ordinario no es en ningún caso una notificación fehaciente. Hay que leer detenidamente el contenido y valorar otras cuestiones antes de saber en qué situación se encuentra el expediente sancionador, pero las situaciones más habituales son las siguientes:

  1. Multa de 100 euros por exceso de velocidad: si la infracción tuvo lugar entre 2 y 4 semanas antes de recibir la comunicación se puede esperar a recibir la carta certificada. Para aquellos que por no encontrarse habitualmente en su domicilio en los horarios de reparto de Correos y por no poder desplazarse a una oficina a recoger una carta certificada prefieran solucionarlo de la forma más cómoda la carta enviada por correo ordinario permite el pago reducido. En cualquier caso, y para confirmar esta información con absoluta certeza, nunca está de más llamar al CTDA, que emite el 90% de estas multas y tiene un teléfono gratuito.
  2. Aviso de DGT: la Dirección General de Tráfico remite distintos avisos por correo ordinario. El más común, sobre todo a la vuelta de vacaciones, es el que informa sobre la remisión de una notificación para su publicación en TESTRA o TEU. En este caso los plazos para alegar, recurrir, pagar con reducción o identificar al conductor van a comenzar a contar aunque no recibamos comunicación por correo certificado. En estos casos es obligado ponerse en contacto con Jefatura o con el CTDA, dado que la situación del expediente puede estar muy avanzada. Otro aviso que se envía por correo ordinario es el de remisión a vía ejecutiva; en este caso es crucial informarse cuanto antes, por vía telefónica o con cita previa en Jefatura, y confirmar si las notificaciones han respetado la normativa.
  3. Multa de 900 euros por no identificar al conductor: el caso más grave de todos. Hay que confirmar si hemos recibido alguna notificación previa de DGT o algún aviso de Correos que no se pudo recoger por una ausencia prolongada del domicilio. Lo más aconsejable es recabar toda la información posible, tanto telefónicamente como de manera presencial en Jefatura, y presentar una alegación o recurso (según corresponda).

1 comentario en “Multa de velocidad por correo ordinario”

  1. Hola, quisiera saber si también pueden multar a personas que manejen Bicicletas eléctricas, Patinetes Eléctricos, entre otros, o las multas son solo para las personas que van en vehículos particulares, motos y autobuses?. Como los aparatos ya mencionados hoy en día son usados como medios de transportes personales, me gustaría tener el conocimiento.

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