Identificación de conductor responsable de infracción

La identificación de conductor es un trámite al que está obligado el titular del vehículo cuando así se lo requiere la Administración. Hay empresas (especialmente empresas de alquiler de vehículos) que delegan en sus clientes o empleados esta tarea, por lo que es importante dejar claro que es el titular registral del vehículo el que tiene la obligación de identificar al conductor. Por este motivo, la posible sanción por no identificación o por identificación no veraz recae sobre el titular. El asunto de la notificación que se envía es «Petición de datos al titular para identificación del conductor» (esquina superior izquierda).

La URL que facilita DGT en algunas notificaciones no está operativa. Si no puede acceder a «www.dgt.es/identificaciondeconductor» haga click en este enlace.

¿Cuándo es obligatorio identificar al conductor?

La identificación de conductor es obligatoria cuando la sanción supone retirada de puntos. Un buen ejemplo en este sentido son las infracciones de velocidad; en aquellas de 100 euros se ofrece la posibilidad de abonar la sanción sin identificar previamente, pero cuando la notificación inicial exige identificación sin informar del importe significa que la sanción conlleva la retirada de 2, 4 o 6 puntos. Hay sanciones que conllevan retirada de puntos siempre, como saltarse un STOP o un semáforo en rojo, o conducir usando el teléfono móvil. En esos casos, y siempre que no haya sido posible la identificación del conductor en el acto, el titular del vehículo recibirá una carta solicitando la identificación del conductor en un plazo de 20 días naturales.

¿Qué ventajas tiene identificar al conductor?

En aquellos casos en los que la identificación es obligatoria la primera ventaja es obvia: evitar la multa de 900 euros por no identificar al conductor (el importe es variable, ya que triplica el de la sanción original, puede ir desde 600 euros hasta 1800). En las sanciones de velocidad de 100 euros, sobre todo las tramitadas por el CTDA de León, identificar al conductor obliga a DGT a notificar nuevamente la sanción, incluso aunque el conductor sea el mismo titular, lo que permite ganar unas semanas para pagar la sanción sin perder el derecho al pago reducido (que es como se conoce popularmente el procedimiento abreviado sancionador).

¿Cómo se hace la identificación de conductor?

Es necesario remitir al órgano sancionador un escrito (puede ser el propio requerimiento de identificación cumplimentado) con el número de expediente y en el que se señale de forma inequívoca la identidad del conductor en el momento de la infracción, aportando su nombre completo, su DNI o NIE y su domicilio. Para identificar a un conductor extranjero es necesario aportar documentación adicional, generalmente una fotocopia del permiso de conducir; en estos casos es recomendable ponerse en contacto con el teléfono de atención que figura en la notificación para evitar sorpresas.

DGT ofrece tres formas para la identificación del conductor:

  1. Mediante la web (www.dgt.es o www.dgt.es/identificaciondeconductor): como sucede a menudo, la web es lenta, insegura y poco clara. Además no permite solicitar un comprobante de la identificación por correo electrónico, que sería lo más cómodo (sugiere imprimir la página de confirmación, algo que no siempre es posible). El enlace www.dgt.es/identificaciondeconductor, citado en la notificación, no funciona; se puede acceder al proceso de identificación online en este enlace.
  2. Por fax: los servicios de fax virtual hacen que esta alternativa resulta muy cómoda, dado que es rápido y resulta muy sencillo acreditar que el trámite está realizado dentro del plazo legal. Entre las desventajas, que un porcentaje de faxes resulta cortado o ilegible, y que en muchos momentos el fax de la Jefatura puede estar ocupado.
  3. Por carta: una carta certificada evita que el documento resulte ilegible y nos permite acreditar la recepción de forma fehaciente. En caso de enviar la solicitud de identificación cumplimentada es imprescindible conservar una copia o una imagen del mismo, así como el número de expediente.
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