Multas de radar: tabla con los tramos de exceso de velocidad y sanción

Las multas de radar se cuentan entre las más frecuentes, y en aquellos casos en los que la sanción conlleva retirada de puntos el requerimiento de identificación de conductor no informa sobre la cuantía de la multa ni sobre los puntos que se retirarán. Si ha recibido una sanción por exceso de velocidad en la que no consta el importe a pagar, tenga en cuenta que la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial recoge, en su anexo IV, la tabla con los tramos de exceso de velocidad y la sanción que conllevan:

tabla-multas-radar-dgt

El anexo IV recoge también el siguiente texto, de suma importancia:

En los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente al cuadro de sanciones del Anexo IV. El resto de los efectos administrativos y penales sólo se producirá cuando superen los 100 km/h y en los términos establecidos para este límite.

Aunque estas condiciones sean aplicables en casos contados, es muy importante conocer bien la normativa, ya que en casos puntuales las sanciones pueden estar graduadas de acuerdo al cuadro general sin tener en cuenta las circunstancias concretas que se recogen en el propio texto legal referidas a tramos de autovía y autopista de acceso a las ciudades.

Deja un comentario

Scroll al inicio